Las transferencias bancarias y los adeudos domiciliados son dos operaciones seguras que permiten transferir dinero de una cuenta a otra. Aquí tienes más información sobre estas operaciones:
Traslado :
- La transferencia la inicia la persona que envía el dinero, también llamada remitente.
- El emisor debe facilitar la información necesaria del beneficiario, como el nombre, el número de cuenta bancaria y el código BIC/IBAN.
- La transferencia puede realizarse para una sola transacción o programarse para que se repita a intervalos regulares en el caso de una transferencia permanente.
- Las transferencias pueden hacerse en euros o en otras divisas, y los gastos asociados pueden variar según el destino y el importe.
Levy :
- El adeudo directo lo inicia el beneficiario, también llamado acreedor, con el acuerdo previo del titular de la cuenta, llamado deudor.
- El acreedor debe obtener una autorización del deudor en forma de mandato de domiciliación firmado, que el deudor puede revocar en cualquier momento.
- La domiciliación bancaria puede utilizarse para pagos periódicos, como facturas de servicios públicos, suscripciones, etc.
- Los adeudos directos SEPA se utilizan ampliamente en la zona del euro y están sujetos a estrictas normas de seguridad y protección del consumidor.
Es importante tener en cuenta que las transferencias bancarias y los adeudos domiciliados están sujetos a la normativa vigente en cada país y pueden variar en cuanto a procedimientos, costes y plazos de tramitación.